Las 21 especialidades oficiales
No son las que suele contarse: varias de las siglas más conocidas del Cuerpo no aparecen en el catálogo. Y la orden que lo fija tiene una rareza que casi nadie menciona: tardó doce meses en entrar en vigor.
Última actualización: 14 de agosto de 2026
Las especialidades de la Guardia Civil no son una clasificación informal ni una costumbre interna: las regula la Orden PCM/509/2020, de 3 de junio, por la que se regulan las especialidades en la Guardia Civil (BOE núm. 163, de 10 de junio de 2020), que desarrolla el artículo 23 de la Ley 29/2014 y derogó la regulación anterior, de 1999.
El catálogo oficial, especialidad por especialidad
| Código | Especialidad | Siglas | Modalidades |
|---|---|---|---|
| E1 | Actividades subacuáticas | ACSUB | Buceador, Buceador Técnico |
| E2 | Adiestramientos especiales | ADE | Sin modalidades |
| E3 | Aérea | AER | Mecánico de avión, de helicóptero y de aeronaves, Operador de sistemas, Piloto de avión, Piloto de helicóptero, Oficial de mantenimiento |
| E4 | Armamento y equipamiento policial | ARM | Sin modalidades |
| E5 | Automovilismo | AUT | Sin modalidades |
| E6 | Cinológica | CIN | Guía de perros, Instructor de guías |
| E7 | Criminalística | CRIM | Dirección, Técnico de laboratorio, Técnica operativa, Antropología, Biología, Física, Ingeniería, Química |
| E8 | Desactivación de explosivos y defensa NRBQ | TBQ | Sin modalidades |
| E9 | Fiscal y fronteras | FFR | Dirección, Básico |
| E10 | Información | INF | Sin modalidades |
| E11 | Intervención de armas y explosivos | IAE | Sin modalidades |
| E12 | Intervención especial | UEI | Intervención, Apoyo técnico, Mando y control |
| E13 | Marítima | MAR | Patrón de embarcaciones, Mecánico-marinero, Mecánico de mantenimiento, Capitán u oficial de puente, Jefe u oficial de máquinas |
| E14 | Montaña | MT | Especialista, Instructor |
| E15 | Policía Judicial | PJU | Sin modalidades |
| E16 | Prevención de riesgos laborales | PRL | Sin modalidades |
| E17 | Protección de la naturaleza | PRONA | Dirección, Equipos, Patrullas |
| E18 | Tráfico | TR | Dirección, Motorista, Atestados |
| E19 | Reconocimiento del subsuelo | RSUB | Sin modalidades |
| E20 | Seguridad e intervención | SEIN | Reserva y seguridad, Ecuestre |
| E21 | Tecnologías de la información | TEIN | Dirección, Técnica, Apoyo |
Se publicó en 2020 y no entró en vigor hasta 2021
El dato contraintuitivo de esta norma, y comprobable en el propio BOE: la orden se publicó el 10 de junio de 2020 y no entró en vigor hasta el 10 de junio de 2021. Doce meses exactos de vacatio legis, cuando lo habitual son veinte días.
Ese año de margen tiene una explicación práctica —reordenar cualificaciones, fichas y puestos de todo un Cuerpo no se improvisa—, y una consecuencia para quien busca información antigua: cualquier documento fechado entre junio de 2020 y junio de 2021 puede estar describiendo el catálogo de 1999 con toda corrección, porque el nuevo todavía no era aplicable.
La orden no ha sido modificada
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Lo que este listado desmiente
Varias de las siglas más repetidas no son especialidades. El GAR, el GREIM, la UCO o los GRS son unidades, no entradas del catálogo: quien sirve en ellas ostenta la especialidad que corresponda a su cualificación. Por eso «cómo entrar en el GAR» y «cómo obtener una especialidad» son dos preguntas distintas, con respuestas distintas.
También cambian algunos nombres populares. El SEPRONA figura como Protección de la naturaleza (PRONA), con tres modalidades: dirección, equipos y patrullas. Los GEAS, como Actividades subacuáticas (ACSUB). Y la especialidad de tráfico, que hasta 2020 tenía norma propia —la Orden INT/574/2003, hoy derogada—, quedó integrada en el catálogo general con tres modalidades.
Cómo se obtiene una especialidad
El requisito fundamental es acreditar la cualificación específica correspondiente, que se adquiere por la vía de la enseñanza de perfeccionamiento. Pero la cualificación sola no convierte a nadie en especialista: hace falta además ocupar un puesto orgánico para cuya asignación esa cualificación sea preceptiva.
La asignación de esos puestos puede condicionarse por escala, categoría o empleo, por edad, por especiales condiciones psicofísicas, por titulaciones previas o por un determinado perfil lingüístico. Es decir: la especialidad no depende solo de aprobar un curso, sino de reunir el perfil que la ficha del anexo exige para cada modalidad. Aprobar el curso y no obtener destino deja la cualificación sin efecto práctico.
Caducidad, pérdida y servidumbre
Tres mecanismos que casi nunca se explican y que condicionan la carrera entera. Las cualificaciones para las que se prevea mantenimiento o renovación caducan si no se renuevan. Pueden perderse por resolución del Director General, previo expediente, y la pérdida firme conlleva el cese en el destino.
Y cada especialidad lleva asociado un periodo de servidumbre, previsto en el artículo 12: un tiempo mínimo de permanencia en puestos vinculados a ella. Es el precio de la formación recibida, y ata el destino durante años.
Compatibilidad y convalidaciones
La orden introdujo una novedad respecto a la regulación de 1999: en unidades donde el servicio lo requiera, parte del personal puede compatibilizar dos especialidades o modalidades, obteniendo la cualificación adicional por necesidades del servicio. Las combinaciones posibles se recogen en la ficha de cada especialidad.
Existen además convalidaciones: el Catálogo de Cualificaciones Específicas, previsto en el Reglamento de ordenación de la enseñanza, es el instrumento que permite homologar competencias entre especialidades sin repetir formación equivalente. Para quien llega con una titulación técnica previa, ahí está la vía de aprovecharla.
Nada de esto se decide en la oposición de acceso, conviene aclararlo: en la solicitud no se elige especialidad ni se manifiesta preferencia por ninguna. Todo el catálogo se juega después, ya dentro del Cuerpo, por la vía de la enseñanza de perfeccionamiento y de los puestos que se van solicitando. Quien se presenta porque le atrae una unidad concreta debe saber que entre el examen y esa unidad hay dos cursos de formación, un destino y un curso de especialización.
Preguntas frecuentes
¿Cuántas especialidades tiene la Guardia Civil?
Veintiuna, codificadas de E1 a E21 en la Orden PCM/509/2020, de 3 de junio, y articuladas en cuarenta y dos modalidades. Ese catálogo es el que vale a efectos de destinos, cualificaciones y servidumbres.
¿El GAR es una especialidad de la Guardia Civil?
No. El catálogo no recoge el GAR, el GREIM, la UCO ni los GRS como especialidades: son unidades. Quien sirve en ellas ostenta la especialidad que corresponda a su cualificación.
¿Se ha modificado la Orden PCM/509/2020?
No. A 14 de agosto de 2026 la orden sigue vigente en su redacción original. Circula la noticia de un grupo de trabajo para revisar el catálogo, pero no hay ninguna reforma aprobada ni publicada en el BOE.
¿Cuánto dura el periodo de servidumbre de una especialidad?
No lo publicamos. El periodo existe y lo prevé el artículo 12 de la orden, pero su duración se fija especialidad por especialidad en un anexo maquetado como imagen que no hemos podido leer. Cualquier cifra concreta que encuentres en internet carece de respaldo verificable.
¿Se puede tener más de una especialidad?
Sí, en las unidades donde el servicio lo requiera. La orden prevé expresamente la compatibilidad entre determinadas especialidades o modalidades y recoge las combinaciones posibles en la ficha de cada una.
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Fuentes oficiales
- Orden PCM/509/2020, de 3 de junio, por la que se regulan las especialidades en la Guardia Civil (BOE núm. 163, de 10 de junio de 2020)
- Ley 29/2014, de 28 de noviembre, de Régimen del Personal de la Guardia Civil (artículo 23)
Verificables en el «Boletín Oficial del Estado» y en el portal de la Guardia Civil.
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