Los requisitos para opositar a la Guardia Civil

Quince requisitos que hay que reunir al cerrarse el plazo de instancias y mantener durante todo el proceso, incluido el periodo de formación. Con dos que casi todo el mundo interpreta mal: la edad y el permiso de conducción.

Última actualización: 14 de agosto de 2026

La Resolución 160/38243/2026, de 5 de mayo, de la Dirección General de la Guardia Civil (BOE núm. 112, de 8 de mayo de 2026, BOE-A-2026-9982) enumera quince requisitos. La clave que se pasa por alto es el momento: hay que reunirlos en la fecha en que finalice el plazo de admisión de instancias y mantenerlos durante todo el proceso selectivo y los periodos de formación.

Los requisitos, en una tabla

RequisitoContenido
NacionalidadEspañola
Edad mínima18 años cumplidos durante el año de la convocatoria
Edad máximaNo cumplir 41 años durante ese año
TitulaciónAcceso a ciclos formativos de grado medio: ESO, Técnico Básico o Técnico, o vía equivalente
Permiso de conducciónClase B
Antecedentes penalesCarecer de ellos
Procedimientos judicialesNo estar incurso en procedimiento por delito doloso
Aptitud psicofísicaAcreditada mediante el reconocimiento médico y las pruebas de la convocatoria
Tatuajes y adornos corporalesSin los contenidos prohibidos; sin argollas, dilataciones ni microdermales visibles con las prendas comunes
EstaturaNo se exige. Ni mínima ni máxima

La edad se cuenta por años naturales, no por fechas

Este es el detalle que más consultas genera. El requisito de edad mínima se entiende cumplido por quien cumpla 18 años durante el año de la convocatoria, aunque los cumpla en diciembre. Y el máximo se formula en negativo: no haber cumplido ni cumplir durante ese año los 41.

El cómputo es por año natural, no por la fecha del examen. Quien cumpla 41 años en diciembre de 2026 queda fuera de la convocatoria de 2026, aunque el día del examen —el 11 de julio— todavía tuviera 40. Y a la inversa: quien cumpla 18 en noviembre puede presentarse en julio con 17.

La consecuencia práctica es que no se mira la fecha del examen ni la del cierre de instancias: se mira el año. Quien cumple 40 años en el año de la convocatoria todavía puede presentarse; quien cumple 41 queda fuera aunque los cumpla el 31 de diciembre. Es el error de interpretación más caro de este apartado, porque lleva a inscribirse y pagar la tasa a personas que serán excluidas.

La titulación es la de acceso a grado medio

La convocatoria no exige la ESO: exige cumplir alguno de los requisitos que el sistema educativo establece para acceder a ciclos formativos de grado medio. Eso abre seis vías: el título de Graduado en ESO o superior, el de Técnico Básico o Técnico, haber superado una oferta formativa de Grado C, un curso preparatorio autorizado, la prueba de acceso a ciclos de grado medio o superior, o la prueba de acceso a la universidad para mayores de 25 años.

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Quien no tenga la ESO pero haya superado alguna de esas pruebas cumple el requisito. Conviene saberlo porque muchas guías reducen este apartado a «hay que tener la ESO» y descartan candidatos que sí podrían presentarse. Y conviene no confundirlo con el baremo: la titulación como requisito abre la puerta, y como mérito solo aporta dos puntos, valga el Bachiller o valga un doctorado.

El permiso B es requisito; A, C, D y E son mérito

Son dos cosas distintas y se mezclan continuamente. El permiso de conducción de clase B hay que tenerlo para poder opositar: es un requisito de acceso y, precisamente por eso, no puntúa en el baremo. Sin él no se entra al proceso, y tenerlo no aporta nada a la nota.

Los que puntúan son los demás, en apartados independientes de la fase de concurso: el de motocicleta —A o A2—, los de camión y autobús con remolque —C+E o D+E— y el resto de las clases pesadas —C1, C, C1+E, D1, D o D1+E—. Con un matiz que también se cuenta mal: aunque en cada apartado se barema un solo permiso y los apartados sean independientes, el bloque en el que viven topa en 4,5 puntos, de modo que la suma teórica de 8 no es alcanzable.

PermisoFunciónPuntos
BRequisito de acceso0
A o A2Mérito3
C+E o D+EMérito3
C1, C, C1+E, D1, D o D1+EMérito2

La estatura ya no se exige: ni mínima ni máxima

No hay talla mínima para ser guardia civil. Tampoco máxima. La Orden PCM/1133/2023, de 17 de octubre (BOE núm. 250, de 19 de octubre de 2023) modificó el cuadro médico de exclusiones y dejó el apartado en una línea: «Talla. En bipedestación: sin límite».

La supresión suele contarse a medias. Antes de 2023 el cuadro médico excluía por debajo de una talla mínima, distinta para hombres y mujeres, pero también por encima de una talla máxima. La reforma eliminó los dos extremos, no solo el suelo, y por eso tampoco existe hoy una estatura que sea demasiado alta. Cualquier página que siga publicando una estatura mínima —o que hable de un máximo— está desactualizada en más de dos años.

Ahora bien, de ahí no se sigue que hayan desaparecido los parámetros antropométricos. Al caer la talla, el índice de masa corporal quedó como el único vigente: el cuadro médico exige un IMC entre 17 y 30. Mucha gente lo da por eliminado junto con la estatura y no lo está. Está en el reconocimiento médico, que es donde se comprueba.

Tatuajes: el criterio es el contenido

La convocatoria no prohíbe los tatuajes visibles: los permite expresamente cuando no incurren en las prohibiciones de contenido. Lo que veta son las expresiones o imágenes contrarias a los valores constitucionales, a las autoridades o a las virtudes militares, las que puedan atentar contra la disciplina o la imagen del Cuerpo, y cualquier otro contenido vedado por la ley.

Para argollas, espigas, inserciones, dilataciones, implantes microdermales o subcutáneos y perforaciones distintas de las de pendientes, en cambio, el criterio no es el contenido sino la visibilidad con las prendas comunes. Son dos regímenes distintos dentro del mismo precepto y no conviene mezclarlos: está desarrollado en tatuajes, piercings y dilataciones.

Lo que se comprueba de oficio

Salvo indicación expresa en contra, presentar la solicitud telemática autoriza a la Jefatura de Enseñanza a consultar de oficio identidad, permiso de conducción, antecedentes penales, titulaciones académicas, condición de demandante de empleo, familia numerosa y, en su caso, servicios en las Fuerzas Armadas. Quien deniegue esa autorización deberá aportar él mismo toda esa documentación cuando se le requiera.

Perder un requisito durante el proceso

La convocatoria es explícita: si entre la lista definitiva de admitidos y la publicación de los propuestos como alumnos se conoce que alguien no reúne o pierde un requisito, el Tribunal acuerda su exclusión y anula todas sus actuaciones. Si se sabe después, la exclusión la acuerda el Jefe de la Jefatura de Enseñanza previa audiencia. Es decir: el cumplimiento no se congela al inscribirse, se sostiene hasta el final.

Conviene tenerlo presente en los dos requisitos más frágiles a lo largo de un año: el permiso B —una pérdida de vigencia por puntos lo compromete— y la ausencia de procedimiento penal por delito doloso.

Preguntas frecuentes

¿Cuál es la edad máxima para opositar a la Guardia Civil?

Cuarenta años, con un matiz de cómputo: el requisito es no haber cumplido ni cumplir cuarenta y uno durante el año de la convocatoria. Quien cumpla 41 en diciembre queda fuera aunque el día del examen tuviera 40.

¿Hay estatura mínima para ser guardia civil?

No. La Orden PCM/1133/2023 suprimió la talla, tanto el mínimo como el máximo, y dejó el cuadro médico con la mención «sin límite». Sigue vigente, en cambio, el índice de masa corporal entre 17 y 30.

¿Hace falta el título de la ESO?

No necesariamente. Basta con cumplir alguno de los requisitos de acceso a ciclos formativos de grado medio, entre los que están la prueba de acceso o la prueba de acceso a la universidad para mayores de 25 años.

¿El permiso B puntúa en el baremo?

No. Es un requisito de acceso. Los que puntúan como mérito son los permisos A o A2, C+E o D+E, y C1, C, C1+E, D1, D o D1+E, dentro de un bloque que topa en 4,5 puntos.

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Fuentes oficiales

Verificables en el «Boletín Oficial del Estado» y en el portal de la Guardia Civil.

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