Tema 4. Derecho constitucional
La Constitución entra completa, sin recorte por títulos. Y con ella, dos leyes orgánicas de 1981 y 1982 que casi ningún resumen enumera y que sí se preguntan.
Última actualización: 14 de agosto de 2026
El tema 4 del temario de la Guardia Civil se titula «Derecho constitucional» y es la columna vertebral del programa jurídico. El enunciado procede del temario aprobado por Resolución de la Dirección General de 26 de junio de 2019, modificado en 2022 y 2023 y publicado en la web corporativa de la Guardia Civil conforme al artículo 14.2 de la Orden PCI/155/2019.
Las normas del tema 4, con su cita completa
Tres textos, y dos de ellos son los que suelen faltar en los índices que circulan. Con la cita completa:
- Constitución Española de 1978, completa y sin recorte por títulos
- Ley Orgánica 3/1981, de 6 de abril, del Defensor del Pueblo
- Ley Orgánica 1/1982, de 5 de mayo, de protección civil del derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen
Las dos leyes orgánicas no son apéndices decorativos de la Constitución: tienen articulado propio, corto y muy preguntable, y son de las normas que el temario cita y los resúmenes omiten.
Por qué es el tema más largo del programa
La Constitución entra completa y sin recortes, lo que convierte al 4 en el tema más extenso del temario. Pero su valor no está solo en la extensión: es el texto al que remiten los temas 10, 11, 12 y 13 cuando desarrollan derechos, de modo que cada hora invertida aquí se recupera cuatro veces.
No se retiene leyéndola de corrido. Funciona mejor por títulos, fijando primero la estructura —derechos y deberes, Corona, Cortes, Gobierno, Poder Judicial, organización territorial, Tribunal Constitucional, reforma— y entrando después al articulado.
La Ley Orgánica 1/1982 es la que convierte el derecho al honor en algo operativo: define qué es intromisión ilegítima y cuándo no lo es. Es breve y su articulado se pregunta con precisión, no por ideas generales.
Un dato de estructura que ahorra confusiones: la Constitución no reparte por igual sus garantías. Hay derechos con protección reforzada, otros con protección ordinaria y principios rectores que no son directamente exigibles ante los tribunales. Ese escalonado se pregunta con frecuencia y explica por qué el Título I se estudia por secciones y no como una lista continua.
La Ley Orgánica 3/1981 aporta el estatuto del Defensor del Pueblo: designación, mandato, prerrogativas y ámbito de supervisión. Y enlaza con el tema 1, donde el Defensor aparece como Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura.
El Defensor del Pueblo no es un tribunal, y la 1/1982 no es la ley de datos
La primera confusión propia del tema es institucional: el Defensor del Pueblo es un alto comisionado de las Cortes Generales, no un órgano judicial ni parte del Ministerio Fiscal. No dicta resoluciones ejecutivas ni sustituye a un recurso; supervisa la actividad de la Administración e informa a las Cortes. Las preguntas se construyen precisamente sobre esa naturaleza.
La segunda es de materia: la Ley Orgánica 1/1982 protege el honor, la intimidad y la propia imagen por la vía civil, y no es la ley de protección de datos. Esa es la Ley Orgánica 3/2018 y pertenece al tema 11. Ambas desarrollan el mismo artículo constitucional, pero con instrumentos distintos: una da acción civil frente a intromisiones; la otra, un régimen administrativo de tratamiento de datos con su propia autoridad de control.
Confundirlas cuesta doble: se contesta mal el 4 y se llega al 11 con la sensación de haberlo estudiado ya.
Una tercera confusión, más sutil: atribuir al Defensor del Pueblo la supervisión de la actividad de los particulares. Su ámbito es la Administración, y esa delimitación es exactamente lo que distingue la respuesta correcta de otra que suena razonable.
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El tema del que penden los demás
Este es el tema que hay que tener firme antes que ningún otro del bloque jurídico. El tema 10 desarrolla el sometimiento de la Administración a la ley que aquí se enuncia; el 11 desarrolla un derecho fundamental concreto; el 12 aplica a los extranjeros el catálogo de derechos del Título I; el 13 regula límites a la libertad y a la intimidad que solo se entienden con la Constitución delante.
Hacia arriba se apoya en el tema 1, que le da el marco internacional. La secuencia 1 → 4 → 10 es la más eficiente del programa, y estudiar el 4 en tercer lugar o más tarde alarga todo lo demás.
También sostiene, sin que se note, los temas de organización: quien tiene clara la distribución territorial del poder entiende en la mitad de tiempo la estructura administrativa que aparece en el 14.
Ampliado en 2022, intacto en 2023
El tema 4 es uno de los diez que la Resolución de 3 de octubre de 2022 amplió, junto con el 1, el 2, el 5, el 6, el 8, el 9, el 10, el 12 y el 15. La resolución se aplica a los procesos convocados a partir de 2023, de ahí la etiqueta imprecisa de «temas nuevos de 2023».
La Resolución de 29 de mayo de 2023 no volvió sobre él: solo tocó los temas 1, 23 y 24. Así que el enunciado vigente del tema 4 es el de octubre de 2022, y unos apuntes de 2021 se quedan cortos justo en las dos leyes orgánicas.
Cómo estudiar un texto que entra entero
Con la Constitución no funciona el subrayado lineal. Rinde más construir un esqueleto por títulos en una sola hoja y repasar ese esqueleto muchas veces, entrando al articulado por bloques. La organización territorial y el Título I concentran buena parte de las preguntas, pero el enunciado no acota: entra completa, y las preguntas de las instituciones aparecen igual.
Para las dos leyes orgánicas, la lectura directa del texto consolidado en el «Boletín Oficial del Estado» es suficiente y rápida: son normas cortas. Cualquier resumen que las despache en un párrafo está dejando fuera contenido preguntable.
El repaso espaciado importa aquí más que en ningún otro tema. Un texto tan extenso visto una vez la víspera rinde peor que el mismo texto repasado tres veces con semanas de separación, aunque el tiempo total invertido sea idéntico.
Y una advertencia de fuentes: la Constitución ha sido reformada en varias ocasiones desde 1978, la última de ellas en un artículo del Título I. Cualquier edición impresa sin fecha visible es un riesgo innecesario cuando el texto vigente está disponible y es gratuito.
Datos clave del tema 4
| Dato | Valor |
|---|---|
| Número en el temario | 4 |
| Título oficial | Derecho constitucional |
| Textos que comprende | 3 |
| Alcance de la Constitución | Completa, sin recorte |
| Normas que suelen faltar en los resúmenes | LO 3/1981 y LO 1/1982 |
| Reforma de 3 de octubre de 2022 | Contenidos ampliados |
| Prueba en la que entra | Conocimientos generales, 100 preguntas |
Preguntas frecuentes
¿Qué normas entran en el tema 4 de la Guardia Civil?
Tres: la Constitución Española de 1978, completa; la Ley Orgánica 3/1981, de 6 de abril, del Defensor del Pueblo; y la Ley Orgánica 1/1982, de 5 de mayo, de protección civil del derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen.
¿La Ley Orgánica 1/1982 es la ley de protección de datos?
No. La Ley Orgánica 1/1982 protege el honor, la intimidad y la propia imagen por la vía civil. La protección de datos se regula en la Ley Orgánica 3/2018 y corresponde al tema 11.
¿Cambió el tema 4 con la reforma de 2022?
Sí. Es uno de los diez temas ampliados por la Resolución de 3 de octubre de 2022, aplicable desde las convocatorias de 2023. La Resolución de 29 de mayo de 2023 no le afectó.
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Fuentes oficiales
- Resolución de la Dirección General de la Guardia Civil de 26 de junio de 2019, que determina el temario, modificada por las Resoluciones de 3 de octubre de 2022 y de 29 de mayo de 2023
- Orden PCI/155/2019, de 19 de febrero, artículo 14.2 (publicación del temario)
- Resolución 160/38243/2026, de 5 de mayo, de la Dirección General de la Guardia Civil (BOE-A-2026-9982, BOE núm. 112, de 8 de mayo de 2026)
El temario, en el portal de la Guardia Civil; la Orden PCI/155/2019 y la convocatoria, en el «Boletín Oficial del Estado».
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