Tema 10. Derecho administrativo
Las dos leyes de 2015 se reparten el terreno con nitidez, y el examen pregunta justo por la frontera. Además, es el único tema del programa que se aplica a tu propia oposición: los plazos para reclamar salen de aquí.
Última actualización: 14 de agosto de 2026
El tema 10 del temario de la Guardia Civil se titula «Derecho administrativo» y es el que más rendimiento cruzado tiene de todo el bloque. Su enunciado procede del temario aprobado por Resolución de la Dirección General de 26 de junio de 2019, ampliado en 2022 y publicado en la web corporativa de la Guardia Civil conforme al artículo 14.2 de la Orden PCI/155/2019.
Las normas del tema 10, con su cita completa
Dos leyes gemelas de la misma fecha, y con acotaciones distintas:
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (títulos preliminar a VI)
- Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (título preliminar, Administración General del Estado y relaciones interadministrativas)
La 40/2015 no entra completa: el enunciado la recorta al título preliminar, a la Administración General del Estado y a las relaciones interadministrativas. Estudiarla entera es trabajo perdido.
Cuál regula qué, y por qué eso decide media prueba
El reparto es nítido: la 39/2015 regula cómo se relaciona la Administración con el ciudadano —procedimiento, actos, plazos, notificaciones, recursos—; la 40/2015, cómo se organiza por dentro y cómo se relaciona consigo misma —órganos, competencia, sector público, relaciones interadministrativas—. Confundir cuál regula qué es el error más común del tema.
El régimen de los actos administrativos —validez, nulidad, anulabilidad, revisión— es la parte que más preguntas concentra. Y es la que tiene aplicación inmediata: los recursos que caben frente a los actos de un tribunal de selección salen de aquí.
Los plazos y su cómputo se preguntan con trampa deliberada: días hábiles frente a naturales, cómputo desde la notificación o desde el día siguiente, y efectos del silencio administrativo según el procedimiento se haya iniciado de oficio o a instancia de parte. Merece la pena hacerse un esquema propio y repasarlo entero cada semana.
Conviene añadir un matiz de vocabulario: «Administración pública» y «sector público» no son sinónimos en estas leyes, y la 40/2015 usa el segundo con un alcance más amplio. Las preguntas que empiezan por «a efectos de esta ley se entiende por…» se resuelven con esa distinción.
Es un tema de reglas, no de conceptos. Se olvida rápido y se recupera rápido, lo que aconseja repasos cortos y frecuentes en lugar de una lectura intensiva.
Nulidad y anulabilidad no son grados de lo mismo
El error propio de este tema es tratar la nulidad de pleno derecho y la anulabilidad como dos intensidades de un mismo defecto. No lo son: se distinguen por sus causas, tasadas en un caso y generales en el otro, y sobre todo por sus efectos —posibilidad de convalidación, de subsanación, alcance temporal y vías de revisión disponibles—.
Los enunciados se construyen sobre esa diferencia con mucha frecuencia, porque permite escribir cuatro opciones plausibles con una sola correcta. Estudiarlo como lista de causas produce respuestas intercambiables; estudiarlo por efectos permite descartar en segundos.
La segunda confusión es entre recurso de alzada y potestativo de reposición, que no dependen de la gravedad del vicio sino de si el acto pone o no fin a la vía administrativa. Es otra frontera, y también se pregunta por ella.
Y un tercer par que se confunde: la revisión de oficio y el recurso administrativo. Coinciden en el resultado posible —dejar sin efecto un acto— y no en quién los inicia, en qué plazo ni con qué causas. Es la diferencia que separa una respuesta razonada de una intuitiva.
Practica lo que acabas de leer.
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El tema que abarata tres temas más
El 10 es el mejor ejemplo del programa de inversión que se recupera. El tema 12 es, en buena parte, derecho administrativo especial: procedimientos, resoluciones, sanciones y recursos con reglas propias sobre una base común. Con el 10 firme, el 12 se entiende en la mitad de tiempo; sin él, se memoriza dos veces.
Lo mismo, en menor escala, con el tema 11 —cuyo régimen sancionador y cuya autoridad de control son administrativos— y con el tema 13, donde el procedimiento sancionador de la ley de seguridad ciudadana remite al común.
Hacia arriba se apoya en el tema 4: el sometimiento de la Administración a la ley y al derecho, la reserva de ley y el sistema de fuentes vienen de allí. La secuencia 4 → 10 → 11/12/13 es la más rentable del bloque.
Ampliado en 2022, sin cambios en 2023
El tema 10 figura entre los diez ampliados por la Resolución de 3 de octubre de 2022, aplicable a los procesos convocados a partir de 2023. La Resolución de 29 de mayo de 2023 no volvió sobre él.
Las dos leyes son de 2015, así que su redacción básica lleva años estable; lo que cambió fue el alcance del enunciado. Un material anterior a 2023 puede quedarse corto en las relaciones interadministrativas, que es la parte que más suele recortarse en los resúmenes.
El único tema que puedes aplicar a tu propia convocatoria
Hay una forma de estudiar el 10 que no sirve en ningún otro tema: leer la propia convocatoria con las dos leyes delante. Los trámites del proceso selectivo son actos administrativos, y sus plazos siguen la lógica que aquí se estudia. Subsanar una exclusión o reclamar la puntuación del concurso tiene diez días hábiles; pedir la revisión de la calificación de una prueba, tres días hábiles desde la publicación de las calificaciones. No son el mismo trámite ni el mismo plazo, y esa distinción es exactamente lo que el tema enseña a leer.
El detalle de esos plazos y de cómo se compone la nota está en cómo se calcula la nota final. Estudiar el tema 10 con ese documento a la vista convierte una materia abstracta en algo con consecuencias propias.
Para lo demás, textos consolidados del «Boletín Oficial del Estado» y un esquema propio de plazos y silencio. Es un tema en el que las tablas hechas a mano superan a cualquier resumen comprado.
El resto del tema pide constancia más que profundidad. Es materia que se olvida entre semana y se recupera en veinte minutos: dos repasos cortos valen más que una tarde entera, y es la mejor forma de que llegue vivo al día del examen.
Datos clave del tema 10
| Dato | Valor |
|---|---|
| Número en el temario | 10 |
| Título oficial | Derecho administrativo |
| Textos que comprende | 2 |
| Acotación de la Ley 39/2015 | Títulos preliminar a VI |
| Acotación de la Ley 40/2015 | Título preliminar, AGE y relaciones interadministrativas |
| Reforma de 3 de octubre de 2022 | Contenidos ampliados |
| Prueba en la que entra | Conocimientos generales, 100 preguntas |
Preguntas frecuentes
¿Qué normas entran en el tema 10 de la Guardia Civil?
Dos: la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, títulos preliminar a VI; y la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, en su título preliminar, la Administración General del Estado y las relaciones interadministrativas.
¿Cuál es la diferencia entre la Ley 39/2015 y la Ley 40/2015?
La 39/2015 regula la relación de la Administración con el ciudadano: procedimiento, actos, plazos, notificaciones y recursos. La 40/2015 regula cómo se organiza la Administración por dentro y cómo se relaciona consigo misma.
¿Cambió el tema 10 con la reforma de 2022?
Sí. Es uno de los diez temas ampliados por la Resolución de 3 de octubre de 2022, aplicable desde las convocatorias de 2023. La Resolución de 29 de mayo de 2023 no le afectó.
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Fuentes oficiales
- Resolución de la Dirección General de la Guardia Civil de 26 de junio de 2019, que determina el temario, modificada por las Resoluciones de 3 de octubre de 2022 y de 29 de mayo de 2023
- Orden PCI/155/2019, de 19 de febrero, artículo 14.2 (publicación del temario)
- Resolución 160/38243/2026, de 5 de mayo, de la Dirección General de la Guardia Civil (BOE-A-2026-9982, BOE núm. 112, de 8 de mayo de 2026)
El temario, en el portal de la Guardia Civil; la Orden PCI/155/2019 y la convocatoria, en el «Boletín Oficial del Estado».
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