Tema 22. Armas y explosivos
Es el tema que describe una competencia que el Cuerpo no comparte con nadie: la intervención de armas y explosivos. Dos reglamentos, una tabla que resuelve la mitad de las preguntas y una confusión persistente entre lo que autoriza a una persona y lo que documenta un arma.
Última actualización: 14 de agosto de 2026
El tema 22 del temario de la Guardia Civil se titula «Armas y explosivos» y es uno de los cinco que incorporó la Resolución de 3 de octubre de 2022, aplicable a los procesos convocados desde 2023. Como todo el programa, se publica en la página corporativa del Cuerpo por remisión del artículo 14.2 de la Orden PCI/155/2019, y no en el «Boletín Oficial del Estado».
Los dos reglamentos del tema 22
Dos normas reglamentarias, una por cada mitad del título, separadas por veinticuatro años:
- Real Decreto 137/1993, de 29 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Armas
- Real Decreto 130/2017, de 24 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Explosivos
El segundo es el que más veces falta en los índices resumidos, quizá por ser el más reciente. Sin él, la mitad del enunciado queda sin cubrir. Ambos están consolidados en el «Boletín Oficial del Estado».
Un tema sobre una función que el Cuerpo no comparte
La Guardia Civil no se limita a aplicar esta normativa: la administra. El control de armas y explosivos figura entre las funciones que la Ley Orgánica 2/1986 le atribuye, y de ahí que exista una especialidad de intervención de armas y explosivos dentro del catálogo del Cuerpo, además de la de desactivación. Lo que aquí se estudia como materia de examen es el trabajo cotidiano de una parte de la plantilla.
Esa condición cambia el modo de leer los dos reglamentos. No son textos que describan lo que otros hacen, sino procedimientos administrativos en los que el Cuerpo es el órgano que autoriza, documenta, inspecciona y, llegado el caso, interviene. Tener presente ese papel ordena el articulado mejor que cualquier resumen.
Es también, por eso mismo, uno de los temas nuevos con retorno más largo: se estudia para el cuestionario y se sigue usando desde el primer destino, sobre todo en unidades donde la tramitación de licencias y guías es parte de la rutina.
La tabla de categorías es la mitad del tema
El núcleo del Reglamento de Armas es una clasificación por categorías y su correspondencia con los documentos que habilitan para tenerlas y usarlas. Fijar bien esa correspondencia resuelve una proporción muy alta de las preguntas del bloque, y no fijarla convierte cada enunciado en una lotería, porque los distractores se construyen desplazando un arma de una categoría a la contigua.
La técnica de estudio es evidente y poco practicada: reconstruir la tabla de memoria en una hoja en blanco, no releerla. Una tabla releída se reconoce; una tabla reconstruida se sabe. La diferencia aparece justo cuando el enunciado cambia el orden de las columnas.
Alrededor de esa tabla se organizan los demás bloques del reglamento —adquisición, tenencia, transporte, establecimientos, régimen de armeros— que se preguntan de forma más dispersa y se estudian mejor después, cuando la clasificación ya está firme.
Practica lo que acabas de leer.
Más de 4.500 preguntas, psicotécnicos, ortografía, gramática e inglés, con simulacros cronometrados.
La licencia habilita a una persona; la guía documenta un arma
Este es el error de interpretación específico del tema y sobrevive a muchas horas de estudio. Son dos documentos con objeto distinto: uno se refiere a la persona y a lo que está autorizada a poseer o usar; el otro se refiere al arma concreta y acredita su situación documental. No son intercambiables, no los expide el mismo trámite y no responden a las mismas preguntas.
Los enunciados explotan esa confusión con una facilidad casi cómica, porque basta con intercambiar los dos términos en una frase por lo demás impecable. La regla mental que la resuelve es corta: persona o cosa. Si el documento va con quien lo lleva, es de persona; si va con el arma, es del arma.
De la mitad de explosivos, la confusión equivalente es entre las autorizaciones de actividad y las de uso o consumo. Aquí lo que se pregunta es el régimen de autorizaciones, el depósito y el transporte, no la composición química de las sustancias, que no forma parte del enunciado.
Dónde acaba el tema 13 y empieza el 22
Las armas aparecen dos veces en el programa y con enfoques distintos. En el tema 13 son objeto de control desde la perspectiva de la seguridad ciudadana y de la seguridad privada, con su régimen sancionador de rango legal. En el 22 son objeto de una normativa reglamentaria propia, que desciende al detalle de categorías, documentos y trámites.
Confundir los dos planos produce un error concreto y frecuente: buscar en el Reglamento de Armas respuestas que están en la ley de seguridad ciudadana, o al revés. Cuando el enunciado habla de infracción y sanción, conviene preguntarse primero en qué norma se está.
Hacia el otro lado, el tema se apoya en el esquema administrativo del tema 10: autorización, revocación, inspección y procedimiento son categorías generales que aquí aparecen aplicadas a un objeto muy concreto. Y sus principios de actuación remiten al 15 y al 19.
Dos reglamentos de tamaño desigual
El reparto sensato no es mitad y mitad. El Reglamento de Armas concentra más preguntas y admite estudio por tabla; el de Explosivos se aborda mejor por bloques funcionales —quién autoriza qué, cómo se almacena, cómo se transporta— sin entrar en el detalle técnico.
Conviene además atender a las modificaciones. El Reglamento de Armas es de 1993 y ha sido modificado en numerosas ocasiones a lo largo de tres décadas: estudiarlo en una edición no consolidada es garantizar preguntas falladas por redacciones antiguas. La versión consolidada del «Boletín Oficial del Estado» resuelve el problema sin coste.
Y como en el resto de los temas incorporados en 2022, el material de práctica disponible es más escaso y más irregular que el de los temas clásicos. Cuando una pregunta de repaso contradiga al reglamento, manda el reglamento.
Datos clave del tema 22
| Dato | Valor |
|---|---|
| Número en el temario | 22 |
| Título oficial | Armas y explosivos |
| Textos que comprende | 2 |
| Reglamento de Armas | Real Decreto 137/1993, de 29 de enero |
| Reglamento de Explosivos | Real Decreto 130/2017, de 24 de febrero |
| Origen del tema | Añadido por la Resolución de 3 de octubre de 2022 |
| Frontera con otro tema | Tema 13, que trata las armas como objeto de control |
| Prueba en la que entra | Conocimientos generales |
Preguntas frecuentes
¿Qué normas entran en el tema 22 de la Guardia Civil?
Dos reglamentos: el Real Decreto 137/1993, de 29 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Armas, y el Real Decreto 130/2017, de 24 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Explosivos.
¿Qué diferencia hay entre una licencia y una guía?
La licencia se refiere a la persona y a lo que está autorizada a poseer o usar; la guía se refiere al arma concreta y acredita su situación documental. No son intercambiables ni responden al mismo trámite, y los enunciados juegan a intercambiarlas.
¿Desde cuándo forma parte del temario el tema de armas y explosivos?
Desde la Resolución de 3 de octubre de 2022, que lo añadió al programa junto con otros cuatro temas, con aplicación a las convocatorias a partir de 2023.
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Practica lo que acabas de leer.
Más de 4.500 preguntas, psicotécnicos, ortografía, gramática e inglés, con simulacros cronometrados.
Fuentes oficiales
- Resolución de la Dirección General de la Guardia Civil de 26 de junio de 2019, que determina el temario, modificada por las Resoluciones de 3 de octubre de 2022 y de 29 de mayo de 2023
- Orden PCI/155/2019, de 19 de febrero, artículo 14.2 (publicación del temario)
- Real Decreto 137/1993, de 29 de enero, Reglamento de Armas, y Real Decreto 130/2017, de 24 de febrero, Reglamento de Explosivos
- Resolución 160/38243/2026, de 5 de mayo, de la Dirección General de la Guardia Civil (BOE-A-2026-9982, BOE núm. 112, de 8 de mayo de 2026)
El temario, en el portal de la Guardia Civil; la Orden PCI/155/2019 y la convocatoria, en el «Boletín Oficial del Estado».
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